Según explicó la corte la señal privada realizó una «cobertura sensacionalista», por lo que deberá pagar una multa de 150 UTM (casi $8 millones)

La Corte de Apelaciones ratificó la multa por 150 UTM (casi $8 millones) impuesta por el Consejo Nacional de Televisión por la cobertura del caso Tomás Bravo.
Según explicó la corte la señal privada realizó una «cobertura sensacionalista» y argumentó que la decisión «se ajusta a la norma legal, al haber afectado la emisión cuestionada la dignidad de la familia del niño y, especialmente del tío abuelo que fue sindicado inicialmente, como responsable de la muerte del menor».
Además sostuvo que si bien esta multa fue en contra una transmisión en particular, el contenido fue emitido en dos jornadas y en programas distintos por lo que «perfectamente pueden ser reprochables transmisiones entre las que media un espacio de tiempo, pero en las que se aborda la misma temática de manera inadecuada».
«Los canales de televisión en sus emisiones y reportajes deben respetar la dignidad de las personas evitando el sensacionalismo y la victimización secundaria, vulneraciones que se habrían producido en el reportaje en cuestión», sostienen.
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