El ex jefe comunal es acusado de cohecho, enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

El 15° Juzgado de Garantía de Santiago decretó la medida cautelar de prisión preventiva contra el ex alcalde San Ramón, Miguel Ángel Aguilera, que está imputado como autor de los delitos de enriquecimiento ilícito, cohecho y lavado de activos.
En esa línea, la magistrada Mariela Hernández acogió la solicitud de la Fiscalía Metropolitana Sur y determinó la medida cautelar antes mencionada y advirtió que el ex edil «puso en riesgo la democracia y Estado de derecho».
Cabe recordar que inicialmente las acusaciones serían presentadas ante el tribunal a comienzos de julio, pero Aguilera presentó certificados médicos que aplazaron la audiencia.
Durante la formalización el fiscal Víctor Nuñez de la Fiscalía Metropolitana Sur entregó detalles de las transacciones bancarias realizadas al ex jefe comunal.
«Los depósitos en efectivo descritos en las dos cuentas señaladas acumulan un incremento patrimonial injustificado que asciende a 263.818.500 entre enero del año 2013 a septiembre del año 2017», sostiene.
En cuanto a los delitos de cohecho pasivo se mencionó que Aguilera «solicitó y/o aceptó un beneficio económico para sí, por haber omitido un acto debido propio de su cargo, como es haber omitido ejercer sus facultades generales de fiscalización y supervigilancias internas de acuerdo al artículo 51 y 56 de la Ley Orgánica de municipalidades y, velar por la observancia del principio de probidad administrativa dentro del municipio, así como por haber ejecutado actos con infracción a los deberes de su cargo, como es haber ejecutado los actos y celebrado los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la municipalidad».
Y al referirse al presunto delito de lavado de dinero, Fiscalía sostuvo que «con el objeto de ocultar o disimular el origen ilícito de los bienes provenientes de los delitos de enriquecimiento ilícito y cohecho cometidos por si mismo, en el periodo comprendido entre diciembre de 2012 y diciembre de 2017, el imputado (…) sabiendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícitos de estos y con el objetivo de ocultarlos o disimularlos de la supervigilancia de la autoridad correspondiente, realizó diversas maniobras para adquirir, poseer, tener o usar los referidos bienes con ánimo de lucro».
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